Código de Conducta para los Proveedores

Introducción

Danish Crown A/S decidió unirse a la iniciativa del Pacto Mundial de las Naciones Unidas (Global Compact). El Pacto Mundial se anunció en 1999 como una iniciativa de las Naciones Unidas (ONU) para que la comunidad empresarial ayude a promover el desarrollo sostenible en el mundo. La participación de Tulip en esta iniciativa es fundamental en lo que respecta al contenido del Código de Conducta para los Proveedores. El Pacto Mundial establece 10 principios en cuatro áreas importantes: derechos humanos, derechos laborales, medio ambiente y anticorrupción. Tulip insta a todos los proveedores a que se adhieran a dicha iniciativa.

Requisitos generales para los proveedores

La aceptación y el cumplimiento de este Código de Conducta forman parte integral de todos los acuerdos comerciales con Tulip. El Código de Conducta constituye un requisito mínimo y Tulip insta a sus proveedores a esforzarse por mejorar continuamente en todos los ambitos que se estipulan en este Código de Conducta. Los proveedores de Tulip deben emprender todas las iniciativas y tomar todas las medidas pertinentes y necesarias para garantizar el cumplimiento del presente "Código de Conducta de Tulip para Proveedores". Para demostrar su cumplimiento, los proveedores deben estar preparados para proporcionar a Tulip información sobre los temas mencionados en este Código de Conducta. Los proveedores deben actuar de acuerdo con los países en los que operan, apoyar y respetar los derechos humanos proclamados internacionalmente. Los proveedores deben respetar que los empleados de Tulip se comprometan a actuar con honestidad, integridad y confiabilidad, y que los empleados no puedan aceptar, en forma directa o indirecta, nada que pueda influir en las decisiones vínculadas a la relación de Tulip con un proveedor en particular. La violación de este "Código de Conducta de Tulip para Proveedores" puede poner fin a la relación entre Tulip y el proveedor.

Los subproveedores

Tulip exhorta también a usar este Código de Conducta como base para su cooperación con sus proveedores.

Cumplimiento Legal

Los proveedores deben cumplir con todas las leyes locales, regulaciones y estándares industriales del mercado. Tulip exhorta a sus proveedores a cumplir con los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y de las Naciones Unidas (ONU).

Prácticas de empleo

Trabajo Infantil

No se debe contratar mano de obra infantil ni beneficiarse de esta. La edad mínima para un empleo a tiempo completo no debe ser inferior a la edad de finalización de la escolaridad obligatoria y, en cualquier caso, no debe ser inferior a los 15 años (o 14 años de edad donde así lo establezca la legislación local, de conformidad con la excepción de la OTI  para algunos países en desarrollo). Los empleados menores de 18 años no deben realizar trabajos riesgozos ni trabajar de noche, independientemente de la cantidad de horas trabajadas. Para este tipo de trabajo, los trabajadores deben ser mayores de 18 años y el proveedor debe cumplir con todas las leyes y regulaciones locales. La edad mínima necesaria para realizar un trabajo leve o a tiempo parcial (que no interfiere con la escolarización) no debe ser infierior a 13 años ( o 12 años donde así lo establezca la legislación local, de conformidad con la excepción de la OTI para algunos países en desarrollo). Si se detecta explotación de trabajo infantil, además de otras acciones de conformidad con este Código de Conducta, Tulip se reserva el derecho de involucrar a organizaciones locales o internacionales para garantizar un proceso de remediación adecuado.

Trabajo Forzoso y Libertad de Movimiento

No se deben llevar a cabo prácticas de trabajo forzoso u obligatorio, ni beneficiarse de estas. Los empleados tienen derecho a la libre circulación durante el transcurso de su empleo. En el caso de los vigilantes, sus servicios deben usarse únicamente por razones normales de seguridad, a fin de proteger a los empleados y la propiedad de la empresa. La empresa no debe restringir al empleado la terminación de su contrato mediante la retención de documentos personales, compensaciones, sueldos, etc.

Prácticas disciplinarias

No se propinarán castigos físicos, amenazas de violencia y otras formas de coerción mental o física, como tampoco prácticas abusivas. Tampoco se permite la implementación de multas ni la deducción del salario como medida disciplinaria. 

Discriminación

No se ejercerá ni favorecerá ningún tipo de descriminación, directa o indirecta, durante la contratación del personal ni en el ejercicio de las prácticas laborales por razones de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, edad, nacionalidad de origen, social o étnico, propiedad, orientación sexual, condición de nacimiento u otro aspecto. No se exigirá a las empleadas que se sometan a pruebas obligatorias de de embarazo. Tampoco se exigirá a los empleados que se sometan a pruebas obligatorias de VIH/SIDA.

Salarios, Beneficios y Vacaciones

A los empleados se les pagará un salario digno y que corresponda, al menos, al salario mínimo establecido por las leyes locales. Además, se deben proporcionar todos los beneficios que exijan las leyes y regulaciones locales. Los salarios deben pagarse en moneda de curso legal y, como mínimo, con periodicidad mensual. Los empleados tendrán derecho a licencia por enfermedad y maternidad, según lo dispuesto por las leyes y regulaciones locales.

Horas Laborales

Tulip cree firmemente que el máximo de horas de trabajo permitidas en una semana no debe exceder las 48 horas, con un máximo de 60 horas por semana, incluídas las horas extras. Las horas extras se deben trabajar únicamente de forma voluntaria y se deben planificar de manera que se garanticen condiciones de trabajo seguras y humanas. Las horas de trabajo deben ser compensadas de acuerdo con las leyes y regulaciones locales. Sin embargo, Tulip acepta que los empleados del proveedor trabajen más de 60 horas, siempre que sea de forma voluntaria y si así lo permiten las leyes y regulaciones locales. Los días hábiles consecutivos deben estar regulados por las leyes y regulaciones locales, y, como mínimo, los empleados deben tener derecho a por lo menos un día libre por semana.

Condiciones de Trabajo

Los empleados deben recibir una confirmación por escrito de los términos de empleo, si así lo requieren las leyes y regulaciones locales.

Libertad de Asociación y el Derecho a la Negociación Colectiva

No se debe interferir en el derecho de los empleados a participar en un sindicato y negociar de forma colectiva, según lo permitido por las leyes y regulaciones locales. En situaciones o en países en que la legislación restringe los derechos relativos a la libertad de asociación y la negociación colectiva, el proveedor debe facilitar a todo su personal medios paralelos para ejercer dichos derechos.

Salud y Seguridad

Se debe proporcionar un ambiente de trabajo seguro y saludable, de conformidad con todas las leyes y normativas locales. Los representantes de la dirección serán los responsables de establecer por escrito políticas y procedimientos relacionados con la salud, la seguridad, el bienestar y los servicios generales, así como velar por el cumplimiento de los términos de esa política.

Medio Ambiente

Se deben cumplir las leyes y regulaciones locales relacionadas con la protección del medio ambiente.  Los proveedores deben esforzarse por implementar sistemas de gestión y por reducir los residuos, el consumo de energía, y las emisiones contaminantes del aire, suelo y agua; por  manejar sustancias químicas de una manera segura para el medio ambiente; y por manejar, almacenar y eliminar los residuos peligrosos de una manera que no dañe el medio ambiente; por contribuir al reciclaje y a la reutilización de materiales y productos; y por implementar recnologías compatibles con el medio ambiente.

Corrupción y Soborno

Los sobornos de cualquier tipo no son permitidos. No se deben ofrecer, prometer, dar, aceptar, exigir sobornos o beneficiarse de sobornos.

Control y Evaluación

Los proveedores deberán mantener in situ toda la documentación que pueda ser necesaria para demostrar el cumplimiento de este Código de Conducta. Se solicita a todos los proveedores que proporcionen acceso pleno a sus instalaciones para que Tulip o sus representantes designados, lleven a cabo una inspección, así como a todos los registros que puedan determinar el cumplimiento en relación con este Código de Conducta.